ADOPCIÓN GAY: ¿Y EL
MENOR NO CUENTA?
Artículo escrito por el Pbro. Luis Fernando Valdés, Doctor en Teología.
Hoy domingo 16 de Agosto dan inicio las
festividades del barrio de san Román. Después del medio día se realizará la
“bajada del Señor”, a fin de que colocado en el centro de la nave del templo
los fieles puedan venerar al Cristo Negro, Señor de san Román, siguiendo un
ritual marcado por una tradición que data de tiempos inmemoriales.
México acaba de legalizar que las
parejas de homosexuales puedan adoptar hijos, mediante una sentencia de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Las legislaciones de América
Latina se enfrentan cada vez más a esta misma situación. Por eso, hoy debemos
preguntarnos si la adopción gay resuelve realmente el problema de los
huérfanos.
1. La clave para entender este asunto constitucional radica en la figura
de “sociedad de convivencia”, una forma asimilada al matrimonio. Lo que la SCJN
tenía que dictaminar era si las personas unidas bajo esa figura eran
discriminadas o no, si se les prohibía adoptar menores.
El conflicto a dirimir era si el
artículo 19 de la Ley de sociedades de convivencia del Estado de Campeche era
contrario o no a los principios de igualdad y no discriminación que establece
la Constitución Política de México. [El informador, 3 agosto 2015]
El pasado 11 de agosto, la SCJN declaró
inválido ese artículo. La Corte consideró que esa ley local era discriminatoria
y contraria al interés superior del niño. Todos los ministros coincidieron en
que era violatorio del “derecho constitucional a formar nuevos modelos de
familia”, en las que se pueden incluir a parejas del mismo sexo, madres y
padres solteros, abuelos a cargo de nietos, entre otras.
Los medios se centraron en que los
ministros no estuvieron unánimes en los motivos de la discriminación: si era una
ley directamente contraria la homosexualidad, o si afectaba por igual a parejas
heterosexuales unidas por este modelo de sociedad de convivencia. (El informador, 11 agosto 2015)
2. Sin embargo, hablar de la adopción gay desde el ángulo de la igualdad
hace que el problema se enfoque desde los adoptantes, cuando en realidad este
asunto se debe considerar desde el bien superior del niño que será adoptado.
Un columnista que sostiene la laicidad
del Estado, José M. Ramírez Hernández, refleja esa postura desde los
adoptantes. Dice que mediante una resolución de 1988, la SCJN ya había afirmado
que la adopción es “dar una familia a un niño y no un niño a una familia”. (Cíclope juarista, 13 abril 2015)
Esto es invertir el orden real de las
cosas, ya que el niño debe ser confiado a una familia, donde se garantice su
derecho a tener un padre y a una madre. Sostener que lo importante es que
alguien lo adopte, sin importar qué modelo de familia siga, es discriminatorio
para el menor, pues se le niega su derecho a tener un padre y una madre.
3. Hay que poner atención al adoptado y a sus sentimientos. En enero de
2013, Benoit Talleu de 17 años de edad, un joven adoptado, fue orador en la
Marcha por la Familia que organizó “La Manif Pour Tous” en París, y ahí
compartió sus sentimientos.
Benoit dijo: «Si preguntas a los
adoptados qué quieren, ellos solo tienen una respuesta: ¡un papá y una mamá! …
Debemos decirlo claro, un huérfano necesita un papá y una mamá. En cambio, la
pareja quiere un niño, y entre “necesitar” y “querer”, hay mucha diferencia».
Continuó: «Escuchamos a personas que
dicen: … “una pareja gay es mejor que nada”. ¡Eso es estremecedor y homofóbico!
¡Lo mejor para un niño es un papá y una mamá! No me cansaré de repetirlo. Decir
que un huérfano no merece tener mamá, es cruel e injusto. Decir que un huérfano
no merece tener papá, es cruel e injusto. … ¡Es atentar contra la igualdad de
la niñez!». (Conapfam, 14 abril 2015)
El debate no está cerrado. Aunque la
SCJN haya emitido una sentencia a favor de los adoptantes, a nombre de que no
sean discriminados, los derechos y los sentimientos de los adoptados no han
sido escuchados. Esto merece ser revisado.

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