Artículo escrito
por el Pbro. Luis Fernando
Valdés, Doctor en Teología.
El
Documento final del Sínodo de los obispos sobre la familia ha causado revuelo.
Algunos medios han difundido declaraciones de líderes católicos que están en
desacuerdo con ese texto, porque abre las puertas al divorcio católico. ¿Qué
dice en realidad ese documento?
1.- Voces críticas. El
Cardenal Raymond Burke, anterior prefecto del Tribunal Supremo
de la Signatura Apostólica, manifestó su preocupación por los párrafos
84 a 86 sobre los católicos divorciados y vueltos a casar, del documento final
(‘Relatio finalis’).
Declaró
que esa parte del documento “es de inmediata preocupación por su falta de
claridad en un asunto fundamental de la fe: la indisolubilidad del vínculo
matrimonial que la razón y la fe enseñan a todos los hombres”. (National
Catholic Register, 26 oct. 2015)
En esos
números, el Sínodo invita al “acompañamiento pastoral de aquellos en uniones
matrimoniales irregulares”. Pero para el Card. Burke esto no sería posible,
porque supondría admitir a personas “cuyas vidas no van de acuerdo con la
verdad de Cristo sobre el Evangelio”. A lo largo de su declaración, hace
referencia a que estas personas no pueden recibir la Comunión.
2.- Qué dice el Documento. La
citada ‘Relatio finalis’ (n. 84) pide
que los bautizados divorciados y vueltos a casar sean “más integrados en las
comunidades cristianas en los diversos modos posibles, evitando toda ocasión de
escándalo”. Pero en ningún momento se habla de admitirlos en la Comunión.
Y la Relatio aclara que la atención de estas
personas, no es una muestra de “debilitación de la propia fe y del testimonio
sobre la indisolubilidad matrimonial” por parte de la Comunidad cristiana; al
contrario, “la Iglesia expresa su caridad precisamente en esta atención”.
3.- El fondo de la cuestión. Lo que
está en juego es la comprensión sobre la doctrina de la indisolubilidad
matrimonial. Si el consentimiento de los cónyuges fue válido, siguen casados
aunque vivan maritalmente con otra pareja.
Como
enseñó Juan Pablo II, “si se admitieran estas personas [divorciados vueltos a
casar y personas conviviendo sin estar casadas] a la Eucaristía, los fieles
serían inducidos a error y confusión acerca de la doctrina de la Iglesia sobre
la indisolubilidad del matrimonio”. (Familiaris Consortio, n. 84)
El
Card. Ennio Antonelli, presidente emérito del Pontificio Consejo para la
Familia, explicó recientemente que aquéllos no pueden comulgar, porque con la
práctica (darles la Comunión) se negará lo que se afirma teóricamente (la
indisolubilidad), “con el riesgo de reducir el matrimonio indisoluble a un
ideal, quizás hermoso, pero realizable solo para algunos afortunados”.
4.- Una misericordia real. La
mera admisión a comulgar no es por sí misma una muestra de misericordia, pues
daría lugar una contradicción: separar misericordia y conversión (pues el
divorciado ha pecado contra el vínculo matrimonial).
Un
ejemplo de esta misericordia fue ilustrado por Mons. Alonso Miranda, obispo
auxiliar de Monterrey, cuyo trabajo pastoral con estas personas “se enfoca al
acompañamiento espiritual y moral de la persona”.
Explicó
que se trata de “acercarla a Dios, regresarla a la Iglesia, que se sientan
amados por Dios y por la Iglesia, aunque no puedan comulgar. Para ellos es más
duro que la Iglesia no los apoye, que el no poder comulgar”. (Vatican Insider,
24 oct. 2015)
Aún
falta un largo camino para poner en práctica una pastoral que armonice la
indisolubilidad con la misericordia, pero es un hecho que la Iglesia sigue
sosteniendo que el matrimonio es para siempre.

No hay comentarios:
Publicar un comentario